En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil IMPORTADORA VIENA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en fecha 31 de julio de 2001, bajo el Nº 22, Tomo 21-A, con modificación estatutaria inscrita en el citado Registro Mercantil, el 14 de mayo del 2009, bajo el N° 11, Tomo 18-A, identificada con el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el Nº J-30837672-8, domiciliada en la Avenida Bolívar esquina calle Garcés, Punto Fijo, Estado Falcón, acto que queda definitivamente firme.
Notifíquese a las partes, a la Procuraduría General de la República , a la Fiscalía General y a la Contraloría General de la República y una vez consignada la ú.....