Por las razones expuestas este Juzgado Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, in limine litis, el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el abogado EDWAR COLMENARES ROMERO, con carácter de apoderado judicial del ciudadano JUAN PEREZ HERNANDEZ, antes identificado, contra el acto administrativo contenido en el Acta Nº 27 del 13 diciembre 2006, en el tercer punto del informe Nº 32, dictada por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SAN FELIPE, ESTADO YARACUY.