DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal 10° de Control Estadal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley. PRIMERO: SE ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA OCTAVA DEL MINISTERIO PÚBLICO, en contra de los ciudadanos LUIS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Cedula de identidad Nº V-11.695.776, YURAIMA JOSEFINA MONTERO GUTIERREZ, Cedula de identidad Nº V- 20.501.183 y YULEIMA MARISOL RODRIGUEZ MONTERO, Cedula de identidad Nº V- 24.385.435, por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en le artículo 254 de la Ley de Protección del Niño, Niña y Adolescente y Admite las pruebas ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público por ser legales, licitas, pertinentes y necesarias. SEGUNDO: ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a los ciudadanos LUIS ALBERTO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, Cedula de identidad Nº V-11.695.776, YURAIMA JOSEFINA MONTERO GUTIERREZ, Cedula de.....