En consecuencia este Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR LA DEMANDA y condena a la demandada AGENCIA DE LOTERIA EL GRAN SOL C.A.; a cancelar la cantidad total de SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES FUERTES CON DOS CENTIMOS (Bs.F 7.838,02), menos la cantidad que ya recibió la trabajadora como adelanto de sus prestaciones sociales lo cual haciende a la cantidad de MIL QUINIENTOS OCHO BOLÍVARES FUERTES(Bs.F 1.508,00), siendo el monto real condenado de SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON SETENTA Y TRES (Bs.F 6.329,73) más lo resulte del de los intereses moratorios.
Se ordena la corrección monetaria sobre las cantidades condenadas, tomándose en cuenta los IPC del Área Metropolitana de Caracas, y la cual deberá se.....