Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos José Luís Osal Pérez, Galeno Aliza Ángela Marisela y Maura Leonor Pérez Viera, la medida de privación de libertad, por el lapso de Un (01) Año, habiendo cumplido hasta el día 22-07-08, tres (03) meses, faltándole por cumplir Nueve (09) Meses Estableciéndose como fecha probable de culminación el 22 de abril de 2009. Así mismo acuerda de conformidad c.....