Se admitió la demanda en el juicio que por DIVORCIO sigue el ciudadano HUGO RAFAEL ROJAS BERNAEZ contra la ciudadana NUBIA DEL VALLE GARCIA, y se ordenó emplazar a las partes de conformidad con lo establecido en los artículos 756 y 757 del Código de procedimiento Civil, para que comparecan al primero y segundo Acto conciliatorio, y si el actor insistiera en la demanda, quedarán emplazados para que comparezcan, al quinto (5t°) día de despacho siguiente a la celebración del Segundo (2do°) Acto Conciliatorio, a fin de contestar la demanda, todo esto despues de la citación de la parte demandada. Asimismo se ordenó de conformidad con lo establecido en el articulo 132 ibidem, en concordancia con el artículo 131 del mismo Código la notificación del Fiscal del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, mediante boleta, para que de su opinión sobre el referido divorcio.