conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 ordinal 8º ejusdem en concordancia con el artículo 108 ordinal 4º del Código Penal, SE DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra PANTOJA JOSE ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº V-12.104.028, por la comisión del delito de Posesión Ilícitas de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica. Líbrense los oficios respectivos. Notifíquese a las partes