|
|
|
 |
|
|
Decisiones del dia 22/09/2011 |
|
|
|
|
|
|
|
N° Expediente :
AP31-V-2011-001883
|
N° Sentencia :
PJ0102011000347
|
Fecha: 22/09/2011 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Via Ejecutiva |
Partes: INMOBILIARIA BUNGALOW, C.A VS.DOMINGO RAMON FIGUEROA LOPEZ Y ABEOLI DEL VALLE PEREZ SARABIA |
Resumen:
En consecuencia, en el caso sub examen los apoderados judiciales de la parte actora, al pretender en el numeral quinto del petitum de la pretensión el pago de los gastos señalados como no comunes (Gastos Propios del inmueble y no común del Edificio), así como los gastos de administración, pretendidos en el numeral tercero del petitum del escrito libelar; pero sólo relacionado con el contrato de administración, le restan la naturaleza ejecutiva a las facturas o recibos de condominio anexos al libelo de la demanda, pues disfraza dichos gastos no comunes como comunes para hacerlo ejecutables por vía especial, no pudiendo ser consideradas por quien decide, como títulos ejecutivos, lo cual constituye un requisito fundamental para intentar la acción por la Vía Ejecutiva a tenor de lo dispuesto en los artículos 630 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, es forzoso para éste Juzgado declarar INADMISIBLE LA PRETENSION que por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA), incoar.....
|
Juez/Ponente:
Nelson R. Gutiérrez Cornejo
|
Organo:
Juzgado Decimo de Municipio
|
N° Expediente :
AP31-M-2010-000499
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 22/09/2011 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: BANESCO BANCO UNIVERSAL VS GOFFREDO ONTIVEROS Y OTROS |
Resumen:
Es evidente que en el caso que nos ocupa, es notorio y público que la parte demandada, a los fines de practicar la citación se encuentra en exceso fuera de 500 metros contados a partir de la sede del Tribunal. En consecuencia, este Tribunal de oficio debe declarar la perención de la instancia por haber transcurrido en exceso, más de 30 días de inactividad de la parte actora, para realizar las diligencias relativas a lograr la citación de la parte demandada.
En tal sentido, siendo la perención operable de pleno derecho, es decir, ope legis al vencimiento del plazo de treinta días de inactividad, y siendo que esta declaratoria no tiene efectos constitutivos, sino declarativos, al verificar esta juzgadora en las actas procésales las circunstancias que determinan la procedencia de la perención, la debe declarar de oficio, pues es una figura de orden público. Por ello al no darle cumplimiento el accionante el impulso procesal a partir del 26 de Julio de 2010, fecha en la cual el Alguacil t.....
|
Juez/Ponente:
Fabiola Carolina Terán Suarez
|
Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
|
N° Expediente :
AP11-M-2010-000383
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 22/09/2011 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: BANCO EXTERIOR, C.A., BANCO UNIVERSAL VS. CORPORACIÓN CONMED, C.A |
Resumen:
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado por el abogado LUIS CROCE POGGIOLI, mediante diligencia de fecha veinte (20) de septiembre de 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
|
Juez/Ponente:
Luis Ernesto Gomez
|
Organo:
Juzgado Decimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
|
N° Expediente :
AP11-M-2010-000155
|
N° Sentencia :
|
Fecha: 22/09/2011 |
Procedimiento: Cobro De Bolívares |
Partes: EDITORA EL NACIONAL VS D`VINNI S.A. |
Resumen:
este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADO la presente transacción celebrada en fecha 18 de Agosto de 2011, por ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Autónomo de Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas, en los términos señalados por las partes, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el presente juicio por cobro de bolívares, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Se ordena expedir por Secretaría tres (03) copias certificadas de la transacción así como del presente auto que lo homologa.
|
Juez/Ponente:
Luis Rodolfo Herrera
|
Organo:
Juzgado Segundo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
|
|
|
|
|