CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Nelly Alejandra Palencia, plenamente identificados en autos, quién actúa en nombre y representación, de los niños, XXXXXX Monte Palencia y XXXXXXX Castro Sánchez y la adolescente XXXXX Piñero Palencia, contra el ciudadano Arsenío Ramón Fernández Vásquez, en atención a lo dispuesto en los artículos, 1, 2, 7, 29, 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, correlativamente con los artículos 47 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela; y los artículos 30 Primera Parte y Parágrafo Primero, 80, 126 Literal H, 127, 177 Literal K, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, conjuntamente con los artículos 12, 18 Numeral 1 y 27 Numeral 1 y 2, de la Convención Sobre los Derechos del Niño. Por cuanto quedó demostrado en autos, la vulneración de una garantía amparada, por la máxima disposición que comporta nuestro Ordenamiento Jurídico Venezolano, de.....