DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena que la joven DATOS OMITIDOS cumpla las sanciones de Semilibertad e Imposición de Reglas de Conducta ambas por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, en grado de Facilitadora, previsto en los artículos 5, 6 numerales 1, 2, 3 y 12, de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en concordancia con el artículo 84 numeral 3 del Código Penal. Fíjese la Audiencia para el día 28 de Enero de 2009 a las 10:00 a.m. para la imposición de la presente decisión, con indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma, a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones.