Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE EMPLAZA A LAS PARTES para que comparezcan al décimo (10°) día de despacho siguiente a su notificación, a fin que tenga lugar el acto de nombramiento del Partidor, ello con el fin de liquidar los bienes sobre los cuales no hubo objeción alguna. SEGUNDO: SE ORDENA abrir el cuaderno separado para sustanciar lo concerniente a la discusión sobre los referidos bienes, quedando la causa abierta a pruebas, a partir del día de Despacho siguiente a que conste en autos la notificación vía telemática de ambas partes de este fallo, y en tal sentido deberá la parte interesada consignar los fotostatos necesarios para tal fin.
Dada la naturaleza jurídica de la presente decisión no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE