Por los planteamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
Primero: declarar CON LUGAR LA OBJECIÓN A LA FIANZA formulada por la abogada Sorbey González, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 104.877, quien actúa en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadano MANUEL ALBERTO TANGIR PALACIOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y con cédula de identidad N° V-11.230.473;
Segundo: como consecuencia de la anterior declaración se declara INSUFICIENTE LA FIANZA otorgada por la entidad bancaria denominada, BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, según documento autenticado ante la Notaría Pública Undécima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 03 de diciembre de 2008, bajo el N° .....