El Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: REVOCA la medida de detención domiciliaria por ser de imposible cumplimiento en razón de las razones expuestas y visto que el joven es mayor de edad, y acaba de manifestarle al Tribunal que desea ser Trasladado al Internado Judicial de San Felipe, este Tribunal ACUERDA su traslado al Internado Judicial de San Felipe, en virtud que el mismo manifestó que en el CPRCO URIBANA corre peligro su vida. Así mismo se acuerda oficiar al Tribunal de Juicio y de Control Nº 1 que el mismo va a estar en el referido Internado Judicial, todo ello en virtud que este Tribunal REVOCA en este acto, la medida cautelar que tiene en el presente asunto, y se acuerda la PRISION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD. SEGUNDO: Se acuerda acumular los asuntos D-09-460 al asunto D-10-24, llevado por el Tribunal de Control 1, se acuerda remitir el presente asunto al referido Tribunal a los fines.....