En la consulta obligatoria establecida en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana CRUZ SOLEDAD REYNOSO, titular de la cédula de identidad Nº 4.583.747, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. Esta Corte emitió auto mediante el cual ORDENÓ: oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Educación, a fin que remita a esta Corte dentro del lapso de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibo del oficio que se ordena librar, copia certificada del expediente administrativo de la ciudadana Cruz Soledad Reynoso.