V
DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, obrando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional consignada el 14 de abril de 2015, por la Abogada SORELYS MENDOZA, y suscrita por el abogado y accionante MARCELO EDUARDO CROVATO SARABIA, debidamente identificado en autos, quien es procesado por la presunta comisión de los delitos de Atentado contra la seguridad en la vía, Instigación a la desobediencia de las leyes, Intimidación Pública y Asociación para Delinquir, y el cual interpuso acción de amparo constitucional de conformidad con los artículos 21, 26, 27 y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 7 y 25 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, en contra del Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia en Funcion.....