DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.10 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en DEPOSITO, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana: Eglenys Josefina Castellanos, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.973.272, en su condición de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil PRAXAIR VENEZUELA S.C.A, (antes denominada Liquid Carbonic Venezolana, S.A ) Empresa originalmente inscrita por ante el Antiguo Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal, en fecha 06/10/1944, bajo el Nº 2307, y posteriormente cambiado su domicilio principal a la ciudad de Cagua, Estado Aragua, según consta de participación al Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, debidamente inscrita en fecha 22/09/2003, anotada bajo el Nº 64, Tom.....