este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de los niños WILBER ALEJANDRO y WILGER ALEXANDER, que en lo subsiguiente debera aparecer en la primera el primer Nombre del niño (SE OMITE IDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 DE LA LOPNA, como "WILBER", y el segundo nombre de la madre como "MARIA", así mismo en la segunda deberá asentarse el numero de cedula de la madre como "18.949.367", Partida ésta asentada en la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, bajo el N° 14567, del libro de Nacimientos llevado por ese Despacho en los año 2005 y 2007, respectivamente. Rectifíquese la Partida de Nacimiento.