Por razones expuestas, este Tribunal de Juicio Nº 5, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta El Sobreseimiento a los Ciudadanos; LUIS EDGARDO SOTO, EDGARDO VIVAS SÁNCHEZ y WENDY PUERTA RIVERO , titulares de la Cédula de Identidad Números; V-13.775.967., V-14.978.931 15.668.656 , respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, y con respecto al Ciudadano; Luís Edgardo Soto, ya identificado, articulo 318, ordinal 1 en concordancia con el articulo 48 numeral 1 Ejusdem.
Queda así enmendado el error material detectado. Agréguese a la decisión que consta en el asunto principal Téngase el presente auto como parte dispositiva de la sentencia dictada en fecha; 23 de Septiembre del 2008, cursante a los folios; 149 al 151 del presente asunto. Publíquese, Notifíquese. Regístrese. Líbrese nuevas boletas con la presente decisión dejando sin efecto la.....