PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por el ciudadano Rafael Ángel Briceño, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadanos Enrico Gallo Rodríguez y Cira Berta del Carmen Giunzioni Villegas, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de marzo de 2007.
SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de marzo de 2007.
TERCERO: Se decreta medida de Prohibición de enajenar y Gravar sobre el bien inmueble que se identifica a continuación: una parcela de terreno y el local comercial y mezzanina sobre ella construidos, distinguido con la ficha catastral 213/21-004, situado entre la calle Sucre y Calle Bolívar de Chacao, Municipio Chacao, Estado Miranda, con un área d.....