DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se Decreta el Archivo Judicial de la presente causa, seguida al ciudadano OSWARD ALBERTO ORTEGA PÉREZ, de nacionalidad venezolana, dijo ser titular de la Cédula de Identidad Nº 19.207.725, fecha de nacimiento: 13-09-1989, de 20 años de edad, nacido en Cagua Estado Aragua, hijo de Isabel Ortega y Padre Desconocido, Estado civil: Soltero, profesión u oficio: Comerciante, grado de instrucción: 6to. Grado de Educación Básica, residenciado en el barrio Antonio José de Sucre, Calle 6 con Calle 4, casa S/Nº, a dos cuadras de la Bodega de Omar, Carora Estado Lara. Telf.: 0416-0568306, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo .....