este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano ARQUIMIDES JAVIER PEREZ PREPPO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-8.324.332.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ARQUIMIDES JAVIER PEREZ PREPPO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-8.324.332.
y la ciudadana ZULAY COROMOTO VILLARROEL, titular de la cédula de identidad número 3.717.594, respectivamente, el 06 de diciembre de 1984, ante el Juzgado Décimo de Parroquia, actualmente Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropo.....