DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado CORRADO SALVATORE AULINO ARIZA con el carácter de autos, contra la sentencia Interlocutoria dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, en fecha 17 de Septiembre de 2003, mediante la cual Negó la medida solicitada por la parte demandante en el juicio de Cobro de Honorarios Profesionales contra MAGDALENO DE JESUS CUEVAS .
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.