Visto el DESISTIMIENTO de fecha 18-03-2010, presentado por el abogado en ejercicio VICTOR AMARO PIÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 7204, con el carácter que lo acredita, en el presente juicio de DAÑOS MATERIALES CAUSADOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO, donde en nombre de su representada desiste formalmente de la acción incoada y del procedimiento y solicita su Homologación. Ahora bien, se observa, que el anterior desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que el desistimiento fue suscrito por el abogado VICTOR AMARO PIÑA, en su carácter de apoderada judicial de la demandante, ciudadana ANA LUCILA VILLALOBOS, quien tal y como consta del Poder que le fue otorgado y que riela en los folios 5 y 6 en el presente expediente, tiene facultad expresa para desistir en nombre de su representada, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de .....