Se declara INADMISIBLE sobrevenidamente la acción de amparo constitucional interpuesta por CONSTRUCTORA TRESIN, C.A., en contra de FUNDACIÓN RUSA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS (FRCV), ambas identificadas en el encabezamiento de la presente decisión; y, por ende el DECAIMIENTO de la pretensión invocada, con vista al cese de la violación o amenaza de los derechos constitucionales denunciados, todo ello por mandato expreso del artículo 6, numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.