DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos: GUDIÑO ZULAY DEL CARMEN y ROMERO VICTOR RAMÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números. V-5.945.989 y V-1.129.408, respectivamente, domiciliados la primera de los nombrados en la Urbanización San José II, Calle 4, casa N° 16, Araure Municipio Araure del Estado Portuguesa y el segundo en Urbanización Durigua 4, vereda 10, casa N° 09, Acarigua, Municipio Páez del Estado Portuguesa; debidamente asistidos por la profesional del derecho MARÍA ALEXANDRA TORREALBA VALBUENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 209.295, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, bajo la premisa.....