Por los argumentos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 243, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados: ANGELO DANIEL GONZALEZ SANCHEZ, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 20 años de edad, fecha de nacimiento 12-03-86, titular de la Cédula de Identidad Nº 19772049, de profesión u oficio Buhonero, hijo Carmen Sánchez y Miguel González, domiciliado Barrio Bella Vista II, Calle José Gregorio Hernández, Casa Nro. 27 o Calle Zulia, casa 174, Valencia Estado Carabobo y JUAN RAMON VALERA RAMIREZ, natural de Valencia, Estado Carabobo, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 28-08-83, titular de la Cédula de Identidad Nº 16449618, de profesión u oficio Taxista, hijo Juan Bautista .....