En fecha 24 de septiembre de 2013, este Juzgado de Sustanciación dictó auto mediante el cual se pronunció en relación a la admisibilidad de la demanda de nulidad ejercida por los abogados Luis Fraga Pittaluga y Mónica Viloria Méndez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.792 y 73.344, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Banco Occidental de Descuento, Banco Universal, C.A., contra la Resolución Nº 084.13, dictada en fecha cuatro (04) de julio de dos mil trece (2013), emanada de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), se ordenó solicitar los antecedentes administrativos del caso y notificar al Procurador General de la República y a la Fiscal General de la República.