En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por la ciudadana Rosalin V. Ortega C., titular de la cédula de identidad Nº V-13.508.688, en su carácter de propietaria de la firma personal OPC XTREME SISTEM, asistida por la abogada Mayuly Seijas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.373, plenamente identificada.