Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada en fecha 19 de diciembre de 2014 (F.26, pieza 2), por la abogada María Gabriela Guzmán, en su carácter de co-apoderada judicial de las ciudadanas Marisol Ortega Santana e Isabel Santana de Ortega, contra la sentencia dictada en fecha 18 de diciembre de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la referida decisión de fecha 18/12/2014, antes indicada; la cual cursa a los folios que van desde el 14 al 24, de la pieza 2, del presente expediente de Amparo. TERCERO: En virtud de no haber considerad.....