Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite parcialmente el recurso de apelación interpuesto el 31 de marzo de 2011, por los abogados HORACIO MORALES LEÓN, JUAN LUCAS DE MACEDO PESTANA y EDGAR MARCELINO BRICEÑO CABEZAS, de conformidad con lo establecido en los artículos 432, 433, 447, 448 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.-Admite, el escrito de contestación al recurso de apelación, presentado por los representantes de la Fiscalía Centésima Vigésima (120º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
3.- Admite la prueba ofrecida por la defensa, y en consecuencia se acuerda recabar el expediente original del Tribunal de Juicio correspondiente.
Esta Sala acuerda resolver sobr.....