Por las razones expuestas, este Tribunal Superior en lo civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ADMITE el presente amparo autónomo constitucional. En consecuencia, se ordena:
1.1. Notificar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO PASCUAL ABARCA DEL ESTADO LARA, al representante legal de la sociedad mercantil TECNOCONGELADORES VENEZOLANOS (TECOVEN, C.A.), y las organizaciones sindicales SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS BOLIVARIANOS DE LAS EMPRESAS DE LAS INDUSTRIAS DE LA REFRIGERACIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO LARA (SITBEIRESCEL) y SINDICATO ÚICO DE TRABAJADORES DE PLÁSTICO Y METAL LARA (SUPLASMETAL LARA), y al FISCAL DUODÉCIMO MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA; para que concurran a este Tribunal Superior a conocer el día y hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual tendrá lugar, .....