En tal sentido, de una revisión del escrito libelar se desprende que en la demanda la parte accionante alegó que la ciudadana Berta Perger Carreño individualmente, causó violaciones directamente a los presuntos agraviados, por lo que este Juzgador procede a dictar el presente despacho saneador, en consecuencia, de conformidad en lo establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se exhorta a la parte accionante a que reforme su escrito de demanda e indique en que momento la ciudadana Berta Perger Carreño individualmente, causó violaciones directamente a los presuntos agraviados, a cuyos efectos se le conceden un lapso de CINCO (05) DÍAS DE DESPACHO, siguientes a la presente fecha.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
ABG. SHIRLEY CARRIZALES.
Asunto: AP11-O-2012-000098
AVR/SC/Gustavo.-