Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente demanda de Rectificación de Partida de Nacimiento, por lo que acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el Acta de Nacimiento a nombre del niño XXXX, asentada bajo el N° 540, Tomo N° 3, Folio 270 vto, Año 1999, de fecha 3 de mayo de 1999, inserta en el Libro de nacimientos llevados por la Jefe Civil de la Parroquia 23 de Enero, Municipio Bolivariano Libertador, Distrito Capital. En consecuencia: 1) Donde se identificó erróneamente el número de Cédula de Identidad del padre del niño, quien en vida fuera el ciudadano JOSÉ GIOVANNI ONTIVEROS HERNÁNDEZ, con el N° 12.642.537, siendo esto incorrecto, lo c.....