Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por del Ciudadano Arnulfo J. Ramírez R, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 9.248.619, en su carácter de propietario del fondo de comercio, ARNULFO J. RAMIREZ R (DISTRIBUIDORA ANGELA RAMIREZ), inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el Nº 15, Tomo 20-B, fecha 17 de julio de 1986, en la Avenida Principal de Barrancas, Galpón Carabobo, Zona Ind. de Barrancas. San Cristóbal Edo Táchira. Con Nº de RIF J-00291080-1, debidamente asistido por el Abogado Pedro José Rodríguez, inscrito en el Inst.....