Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE EN RAZON DE La CUANTIA y declina la competencia para el conocimiento de la demanda Daños y Perjuicios, Daño Moral y Lucro Cesante, interpuesta por Emmanuel Antonio Miquelena Zambrano, Magali Catalina Garrido de Burgos y Rigoberto Ramón Burgos Tovar, a través de abogados en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, a quien se ordena remitir el presente expediente vencido el lapso previsto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los veinticinco (25) días del mes de Julio de Dos Mil Doce (20.....