En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de DESALOJO DE INMUEBLE propuesta por la OLIMPIA COELHO DE NUNES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.379.467; actuando en su nombre propio y en nombre y representación de JHONNY NUNES COELHO, CARLOS ALBERTO NUNES CUELLO, TERESA MARIA NUNES DE RINALDI, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de las cédulas de identidad Nros. 7.379.467, 11.430.280, 9.616.449, 7.379.793, respectivamente, y quienes acudieron a convalidar tal actuación; contra el ciudadano ADRIAN MARROUCHE, titular de la cédula de identidad Nº 4.723.722.