IV
DECISIÓN
Sobre la base de las consideraciones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta medida de embargo preventivo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada de autos Sociedad Mercantil Transgar Almacen General de Depósito C.A (Grupo Transgar), hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs 37.082,76), que comprende el doble del monto demandado, el cual es la cantidad de DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 16.878,70); más la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVAR CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs 251,92), correspondiente a los intereses legales y de mora calculados al 5% anual sobre l.....