este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, deja constancia que la ciudadana Jueza que preside este Despacho desde el 17 de septiembre de 2012 hasta el 19 de septiembre de 2012, ambas fechas inclusive, disfrutó días correspondientes a sus vacaciones anuales. Asimismo, este Tribunal le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción; cuyo monto fue por BOLÍVARES FUERTES CIENTO VEINTE MIL SIN CÉNTIMOS (Bs.F.120.000,00); de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 3 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras, y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo, se acuerdan de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 21.....