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Decisiones del dia 25/09/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 10] Página 1 de 1
N° Expediente : AH16-V-2007-000158 N° Sentencia : PJ0062014000281 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Fraude Procesal
Partes:
MARINTEKNIK ONE LTD, INC VS. NAVIERA RASSI, C.A. (NAVIARCA).-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : AH16-M-2000-000016 N° Sentencia : PJ0062014000280 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Apelacion
Partes:
CONDOMINIO RESIDENCIAS LAS TORRES A VS. FRANCISCO JOSÉ DE FARÍA APOLINAR Y VIRTUDES ALCOJOR DE FARÍA.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el primer aparte del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 269 ejusdem, se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, queda con fuerza de cosa juzgada la Sentencia Definitiva de fecha 27 de octubre de 2000, dictada por el Tribunal Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP11-M-2009-000209 N° Sentencia : PJ0062014000279 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
BANCO PROVIVIENDA, C.A. BANCO UNIVERSAL (BANPRO) VS. DISTRIBUIDORA MOISES PAMOAN, C.A.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ha decidido: PRIMERO: DECLARA NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día fecha 26/03/2014, inclusive, y se REPONE LA CAUSA al estado en que el defensor judicial de contestación a la demanda, previa la notificación del mismo. SEGUNDO: NO HAY expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-V-2007-000022 N° Sentencia : PJ0062014000286 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
MARIA MARTORELL DE FRANCHI VS. MIRIAN JOSEFINA OCHOA MALDONADO.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-S-2007-000051 N° Sentencia : PJ0062014000284 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Entrega Material
Partes:
OSMER ENRIQUE CASTILLO VS. MELBA DEL ROCIO RUIZ.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.- SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-V-2008-000123 N° Sentencia : PJ0062014000278 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Accion Mero Declarativa
Partes:
BLANCA REBECA CORREA MONTAÑEZ VS. HUGO ROMERO TABARES.-
Resumen:
este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en base a la jurisprudencia antes transcrita, así como la doctrina citada, y a fin de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa consagrados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el orden público procesal, REPONE LA CAUSA, al estado en que este Tribunal decida sobre la admisibilidad de las pruebas promovidas y de sus respectivos escritos de oposición presentados por ambas partes, quedando nulas las actuaciones posteriores llevadas ante este Tribunal desde que ciertamente el apoderado judicial de la parte actora consigno Escrito de Oposición de pruebas, es decir posteriores al 29 de Julio de 2014, fecha exclusive. Asimismo este juzgador a los fines de dar una Justicia Expedita a las partes en .....
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-V-2001-000046 N° Sentencia : PJ0062014000282 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Intimación De Honorarios Profesionales
Partes:
LUIS ANTONIO SOSA RIOS VS. SUCESIÓN ACOSTA LORENZO, C.A., Y OTROS.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-X-1999-000080 N° Sentencia : PJ0062014000283 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Estimación E Intimación De Honorarios
Partes:
CONNIE SANTIAGO VS. CLAUDIA PATRICIA ZALAZAR.-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención. SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AH16-V-2006-000018 N° Sentencia : PJ0062014000277 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Ejecución De Hipoteca
Partes:
BANCO MERCANTIL C.A. S.A.C.A.(BANCO UNIVERSAL) VS. EDER JOSÉ MACHUCA VELASQUEZ Y OTROS.-
Resumen:
este juzgado acota que el auto dictado en la presente causa, se realizo en base al Decreto Nº 8.190, de fecha 05 de mayo de 2011, y como quiera que en fecha 01/11/11, la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo Justicia, estableció un nuevo criterio sobre el caso bajo estudio, en consecuencia, es evidente que dicho decreto no aplica en la etapa en que se encuentra la presente causa, ya que dicha suspensión solo pudiera producirse en la oportunidad de una eventual ejecución de una sentencia definitiva que provoque el desalojo de un inmueble destinado a vivienda, y por ende se requiere principalmente que se agote el procedimiento previo que indica el Decreto Ley, en tal sentido y por los razonamientos antes expuestos, este juzgado, REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO, el auto de fecha 21 de septiembre de 2011, en tal sentido continúese la presente causa en el estado que se encuentra., una vez conste a los autos la notificación de la partes que intervinieron en el juicio antes de la suspe.....
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : AP11-V-2011-000350 N° Sentencia : PJ0062014000285 Fecha: 25/09/2014
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
CONSTATINO PUGLIARES MORELLO VS. SINDICATO SANTA CLARA, C.A .-
Resumen:
este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en el Artículo 270 eiusdem, con la consecuencia establecida en el Artículo 271 ibídem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran noventa (90) días continuos después de verificada la perención.- SEGUNDO: NO SE CAUSARON costas en este asunto dada la naturaleza del fallo, a tenor de lo establecido en el Artículo 283 del Código Adjetivo Civil.
Juez/Ponente:
Luis Leon
Organo:
Juzgado Sexto Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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