Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos HERNAN ANTONIO PAREDES AVILA y ROXANA DEL VALLE SANGUINO MANAURE, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-15.314.020 y V-15.931.622, respectivamente, y en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ambos en fecha 08 de diciembre de 2009, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Agustín, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio Nº 63 del libro de matrimonios correspondiente al año 2009.