Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Interdicción, y en consecuencia, decreta la Interdicción Definitiva del ciudadano PABLO AUDILIO CABRERA CAÑIZALEZ , venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-69.840, y designa como Tutor al ciudadano PABLO FELIPE CABRERA MUJICA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-.4.273.317 , hijo del presunto entredicho, todo de conformidad con el artículo 398 del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: A los fines de que el Tutor Definitivo designado obtenga autorización judicial, en virtud del cargo que desempeña, se le insta a que indique las personas que han de conformar el Consejo de Tutela, de conf.....