Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abogada María Auxiliadora Peraza Ramos, en su condición de Apoderada Judicial del ciudadano ROBIN SANTIAGO CAMPOS COLMENAREZ, ya que la presunta violación de derechos constitucionales CESÓ, cuando la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 Itinerante de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de Noviembre de 2016, se pronunció en la causa principal negando la entrega del vehiculo MARCA: TOYOTA, CLASE: CAMIONETA, USO: CARGA, TIPO: PICK-UP, COLOR: VERDE, AÑO: 1998, PLACAS: A49AM5N, SERIAL DE CARROCERÍA: FJ59004102, SERIAL DE MOTOR: 3F0190069 SERIAL DE ACRROCERIA SUPLANTADO, SERIAL DEL CHASIS INCORPORADO, SERIAL DEL MOTOR ORIGIN.....