IV. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 31 de julio de 2014 (F. 154), por la abogada ADRIANA FUENTES MAZZEY, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia definitiva proferida en fecha 25 de julio de 2014 (f. 139-152), por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (f. 139-152) que declaró que declaró Con Lugar la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de Prórroga Legal, intentada por la sociedad mercantil INMOBILIARIA FINCAREAL, C.A., contra la ciudadana GISSELE REYES CASTRO.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda .....