Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, después de revisar y analizar las actas contenidas en el presente expediente y en atención al interés superior de los adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titulares de las cedula de identidad Nros (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), los cuales tienen todo el derecho de obtener sus documentos de identidad de conformidad con los Artículos 8 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, Concede autorización suficiente para que el ciudadano Lizandro Ropero Bermon, titular de la cédula de identidad, Nº V-10.134.857, en su condición de progenitora tramite lo correspondiente a la expedición del pasaporte, ante la ofi.....