DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 1, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, pasa a pronunciarse en los siguiente términos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad con el Articulo 44 Ord. 1 de la Constitución y el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se Acuerda la continuación del asunto por la vía del PROCEDIMIENTO ABREVIADO indicado en el artículo 372 Y 373 de la norma adjetiva TERCERO: Se impone al ciudadano RANDY ANTONIO MARRUFO ROJAS, C.I. 25.526.187 (no la presentó), Soltero, de 19 años, nacido en Buena Vista, Municipio Iribarren del Estado Lara el 18-12-90, Hijo de Elena Rojas y padre desconocido, profesión u oficio Obrero, domiciliado en La población de Buena Vista, calle Carlos Liscano, Casa S/N frisada sin pintura a 2 cuadras queda el Abasto Castañeda. MEDIDA CAUTELAR SUSTITU.....