Por la motivación precedente, este Tribunal Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por abogado Alejandro Amaral Gómez, en su condición de apoderado judicial de la parte codemandada, sociedad mercantil MANPICA, C.A., contra el Abogado LUÍS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ, en su condición de Juez del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el proceso signado con el Expediente Principal No.AP11-M-2013-000775 de la nomenclatura de ese Tribunal, referido al juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO sigue la sociedad mercantil INVERSIONES 902010 C.A. contra la sociedad mercantil MANPICA C.A. y el ciudadano JESÚS PÉREZ OROPEZA, con fundamento en las causales de recusación .....