Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte actora recurrente contra la decisión de fecha 02 de Agosto de 2006, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada, en consecuencia se condena a la demandada a pagar los conceptos declarados procedentes por el A quo, así como la cantidad de Bs. 10.928.305,9 por concepto de salarios caídos.
TERCERO: Se condena en Costas a la parte demandada por resultar vencida en el juicio principal.
CUARTO: Se MODIFICA la Sentencia apelada, en cuanto a que la demandada deberá pagar adicionalmente los salarios caídos.