Este Tribunal de Control N° 9, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: admite totalmente la acusación fiscal, contra los acusados: TERRY JESÚS CAMACARO, y OSCAR ALEXANDER MEDINA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO para el primero de ellos y la misma calificación para el segundo en grado de facilitador. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por la Fiscal del Ministerio Público en su totalidad sin reserva alguna. Igualmente fueron admitidas las pruebas presentadas en la oportunidad legal por las defensas. TERCERO: se ordena ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO sin más dilaciones, en virtud de lo cual acuerda este Tribunal emplazar a las partes, tal como quedó establecido en la audiencia preliminar, para que en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el juez de juicio.