DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley ADMITE recurso de apelación, interpuesto el primero el 17 de octubre del 2011, conforme a lo establecido en el artículo 452 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada DORYS RAMIREZ, en su condición de defensora privada del ciudadano WILIAM EZE, en contra de la sentencia dictada el 28 de septiembre de 2011, por el Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano WILIAM EZE, a cumplir la pena de nueve (9) años de prisión, como autor y responsable por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psic.....