Este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se repone la causa al estado de librar nuevo oficio a la Procuradora General de la República del presente Recurso de Nulidad con la inserción de copias certificadas del mismo conjuntamente con sus recaudos, así como el auto de admisión, todo en el Recurso de nulidad interpuesto por FOSPUCA BARUTA C.A. sociedad mercantil, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de noviembre de 1993, bajo el Nro. 24, Tomo 98-A-Sgdo., en contra de la Providencia Administrativa Nº 0077/2011 de fecha 28 de marzo de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", Sede Caracas Sur- SEGUNDO: Se ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República sobre la presente decisión .....